Nuevos plazos en los que caducará tu contraseña SAT
El pasado martes 20 de agosto 2019 fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la primera ronda de modificaciones a la RMF (Resolución Miscelánea Fiscal) 2019. Entre las reglas modificadas está la 2.2.1., que regula la Contraseña del SAT y uno de los cambios importantes es en los plazos de vencimiento. Aquí te explico cuáles son los dos plazos de vigencia que tendrá tu contraseña:
I.- Después de dos años consecutivos de no ser usada, se suspenderá la contraseña.
Si este fuera tu caso tendrás estas alternativas para renovarla:
- Las personas morales deberán hacerlo a través del Portal del SAT, con su e.firma.
- Las personas físicas tendrán la opción anterior, y además podrán hacerlo en algún módulo de servicios tributarios de la Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente (ADSC).
II.- Si no usaste tu contraseña del SAT en cinco años consecutivos, quedará bloqueada.
En este caso las alternativas para renovarla son:
- Las personas morales, con su e.firma a través del Portal del SAT .
- Las personas físicas sólo podrán hacerlo en algún módulo de servicios tributarios de la Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente (ADSC).
Te preguntarás. ¿Hay alguna otra forma en la que mi Contraseña sea bloqueada?
Sí las hay y son estas tres:
- Si hay una resolución judicial o administrativa que lo ordene.
- Si se comprueba que su expedición no cumplió con los requisitos legales.
- Cuando peligre la confidencialidad de los datos de creación de firma electrónica avanzada.
Te dejo el link de la página del SAT donde podrás generar o actualizar tu contraseña
https://www.sat.gob.mx/tramites/38517/generacion-y-actualizacion-de-contrasena-para-persona-fisica