A partir de octubre los patrones estarán obligados a cuidar el estrés de sus empleados.
En octubre de este 2019 entra en vigor la NOM-035 (Norma Oficial Mexicana) con carácter obligatoria en 2020. ¿Pero qué significa esto? Que todas las pymes, medianas y grandes empresas deberán atender factores de riesgo psicosociales que padece su personal, como el estrés laboral, ansiedad y desequilibrio del sueño.
De acuerdo con la NOM, el objetivo es propiciar un entorno organizacional favorable y proteger la salud mental de los trabajadores mexicanos.
Algunas de las acciones que se deberán realizar son las siguientes:
· Identificación de factores de riesgo.
· Acciones de control seguras y confidenciales.
· Aplicación de exámenes médicos ante señales de alarma.
· Evaluaciones psicológicas que permitan determinar el estado de salud físico y mental.
· Brindar espacios de trabajo seguros y amables.
· Prevención.
Se consideran factores de riesgo psicosocial aquellos que pueden provocar trastornos de ansiedad, no orgánicos del ciclo sueño-vigilia y de estrés grave y de adaptación, derivado de la naturaleza de las funciones del puesto de trabajo, el tipo de jornada de trabajo y la exposición a acontecimientos traumáticos severos o a actos de violencia laboral al trabajador, por el trabajo desarrollado.
Por lo que durante el resto del 2019 las empresas deberán identificar estos factores de riesgo y para finales del 2020 la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS) podrá aplicar sanciones de no encontrar que se identificaron estos factores y que fueron atendidos a través de un plan de acción.
Como siempre los números son impactantes y con base, estudios recientes que se han realizado a nivel nacional, 43% de los mexicanos padece de estrés laboral y 33% es adicto al trabajo, por lo que la NOM 035 está destinada a equilibrar la vida laboral y personal de todos los colaboradores de una empresa.